El abogado Ricardo Antonio Pellerano enfrentó un juicio y fue sentenciado por un tribunal civil por no devolver la cantidad de 44.6 millones de pesos a la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, fondos pertenecientes al Banco Central de la República Dominicana (BC).
El veredicto, emitido el 22 de abril de 2014, por la Quinta Sala del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, presidido por la jueza Wendy de Jesús Mieses, surge de una demanda presentada por el Banco Central. El Banco buscaba el reembolso de un préstamo contraído por Ricardo Pellerano Paradas en colaboración con Miguel Pimentel Kareh, por un monto de 49.6 millones de pesos con el Banco Mercantil, posteriormente adquirido por el Banco República.
La documentación presentada al tribunal incluyó todos los acuerdos firmados por las partes responsables del préstamo en diciembre de 2002, antes del colapso fraudulento del sistema financiero, que resultó en el cierre de Baninter, Bancrédito y Banco Mercantil.
A pesar de la evidencia documental del préstamo y la prueba de otras transacciones conjuntas relacionadas con la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos por parte de Pellerano y Pimentel Kareh, el primero presentó una demanda de nulidad. Además, presentó una contrademanda contra el Banco Central por daños, solicitando la suma de 2 mil millones de pesos.
El tribunal desestimó varias reclamaciones presentadas por Ricardo Pellerano, incluida una que alegaba la inconstitucionalidad de la cesión de créditos entre el Banco República y el Banco Central, este último siendo responsable de liquidar las deudas del Banco Mercantil, aproximadamente 7 mil millones de pesos.
El tribunal civil concluyó que Ricardo Pellerano Paradas y Miguel Pimentel Kareh habían recibido un préstamo del Banco Mercantil por 49.6 millones de pesos, respaldado por un contrato y las firmas de los pagadores. Este préstamo fue posteriormente asignado al Banco República, que a su vez lo transfirió al Banco Central. Se estableció que la suma prestada debía reembolsarse el 3 de julio de 2003, un plazo que no se cumplió, según lo confirmado por la documentación pertinente.
La Sala Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia condenó a ambos individuos a pagar la suma de 49.6 millones de pesos al Banco Central, correspondiente a la deuda contraída en 2002, y también les ordenó pagar los intereses convencionales acumulados.